La diputada provincial del SI, Dra. Alicia Gutiérrez ha presentado un proyecto de ley definido como el:
Derecho de ACCESO A LOS ARCHIVOS DE LOS SERVICIOS DE SALUD Y DEL REGISTRO CIVIL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE por el DERECHO A LA IDENTIDAD
OBJETO.-
La presente ley tiene por objeto garantizar y facilitar la búsqueda de datos e investigaciones, que permitan constatar la identidad biológica de cualquier persona que presumiera que su identidad ha sido suprimida o alterada por hechos concomitantes o posteriores a su nacimiento.
SISTEMA REGISTRAL.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud, adoptará las medidas necesarias a fin de unificar los sistemas de registro de los nacimientos y de partos que se produzcan en los servicios pertinentes del sistema de salud provincial sean públicos y/o privados.
ACCESO A LOS REGISTROS.- Toda persona que presuma que su identidad ha sido suprimida o alterada tiene derecho a acceder en forma gratuita a los registros pertinentes, asentados en: los libros de partos, de nacimientos, de neonatología, libros de entradas y salidas de los hospitales y clínicas e historias clínicas de parturientas archivados en cualquier establecimiento de gestión pública o privada del sistema de salud de la Provincia de Santa fe.-
Las finalidades de este relevamiento es generar una base de datos rápida y eficaz acceso y garantizar su estricta custodia.-
El Ministerio de Salud garantizará la custodia y preservación de todos los documentos existentes en el sistema de salud de la provincia de Santa fe, que puedan dar cuenta de la identidad de las personas.
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Secretaría de Derechos Humanos, tendrá a su cargo un servicio exclusivo y gratuito, integrado por personas especialmente capacitadas, abocado a la atención de los casos de presunción de supresión o alteración de identidad.
El articulado también tiene en cuenta la posiblidad de DESAPARICIÓN O EXTRAVÍO DE REGISTROS, el rol que debe cumplir el REGISTRO CIVIL y los RECURSOS ECONÓMICOS que deberán presupuestarse.
FUNDAMENTOS
El derecho a la identidad es sin duda la base fundamental para el pleno ejercicio de derechos y obligaciones esenciales de cada ser humano.
En nuestro país, la plena conciencia sobre lo que significa el derecho a la identidad se produjo como una de las tantas consecuencias del accionar del Terrorismo de Estado, en el negro período de nuestra historia comprendido entre los años 1976 /1983. Durante ese período se perpetró el secuestro, asesinato y desaparición forzada de miles de personas y también, algo sin duda mucho más siniestro, la apropiación ilegítima de los hijos/as de las víctimas.-
De esta forma, el derecho a la identidad que hasta entonces no era tomado ni debatido por la sociedad en su conjunto, se convirtió en un eje de la lucha de los organismos de Derechos Humanos en general y de las Abuelas de Plaza de Mayo en particular que lo impulsaron como uno de los principales Derechos Humanos. En ese marco, la búsqueda incansable que desarrollaron las Abuelas de Plaza de Mayo en procura de dar con el paradero de sus nietos/as secuestrados/as y/o nacidos/as en cautiverio, y apropiados/as (en muchos de los casos por los propios verdugos de sus padres), puso al descubierto el significado de algo tan profundo en la constitución de la subjetividad como es la identidad biológica.
La creación del Banco Nacional de Datos Genéticos lograda en 1989 y la CONADI Comisión Nacional por la Identidad, en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación son también otros hitos que no pueden dejar de recordarse.-
Pero la importancia de garantizar a los ciudadanos el derecho a la identidad no debe circunscribirse sin duda a los casos de apropiación de recién nacidos en la última dictadura militar, por el contrario como derecho humano fundamental, debe extenderse hasta comprender cualquier situación en que se haya suprimido o alterado la identidad de una persona.
Son constantes las consultas que en ese sentido se realizan tanto en la Secretaria de Derechos Humanos de la provincia como en otros organismos administrativos y judiciales por personas que presumen que su identidad ha sido suprimida o alterada y que desean conocer su identidad biológica.